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lunes, agosto 17, 2026

El Senado aprueba la reforma al Código Penal y la convierte en ley.

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Tras más de dos décadas de debates, el Congreso Nacional aprobó de forma definitiva la reforma al Código Penal de la República Dominicana, una iniciativa que incorpora más de 70 nuevas figuras delictivas y endurece numerosas sanciones. La aprobación se concretó durante una sesión extraordinaria del Senado celebrada este jueves, donde se acogieron cerca de 64 modificaciones introducidas previamente por la Cámara de Diputados, con el acompañamiento técnico de la Procuraduría General de la República y la Defensoría Pública.

Con esta decisión, los legisladores aseguran que el país podría contar por primera vez, desde su fundación en 1844, con un Código Penal netamente dominicano. El actual marco legal se basa en el código penal francés promulgado en 1810 bajo el mandato de Napoleón Bonaparte. Durante la sesión, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, reconoció que, aunque se trata de una reforma trascendental, el texto aún tiene margen de mejora. “Les aseguro que si alguno de nosotros decide hacer una comunicación y la lee 30 veces, encontrará 30 oportunidades para mejorarla. Imagínese usted con el Código Penal”, expresó.

El bloque de senadores de la Fuerza del Pueblo, conformado por Omar Fernández, Félix Bautista y Edwuard Espiritusanto, votó a favor del proyecto sin intervenir ni emitir comentarios.

¿Qué sigue ahora?

La última palabra la tiene el presidente Luis Abinader, quien deberá promulgar la ley o devolverla con observaciones si tiene alguna objeción sobre su contenido. Según el artículo 101 de la Constitución, el Poder Ejecutivo dispone de diez días para promulgar la ley si no fue declarada de urgencia, o cinco si sí lo fue. Si no se pronuncia en ese plazo, la ley se considera promulgada y deberá ser publicada por el Congreso Nacional.

Ricardo de los Santos defendió que esta legislación permitirá que las sanciones penales estén en sintonía con los delitos que se registran actualmente en la sociedad dominicana. “Quizás no será el código perfecto, pero sí el mejor y el más auténtico de la República Dominicana”, afirmó.

Principales cambios

Aunque el Código Penal vigente ha sido modificado parcialmente en ocasiones anteriores, esta reforma introduce transformaciones de fondo. Entre las nuevas figuras tipificadas se encuentran el sicariato, el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, la desaparición forzada, el feminicidio en distintas formas (simple, agravado, conexo), la violencia vinculada a escenarios feminicidas, la inducción y cooperación al suicidio, y los daños causados con sustancias químicas, como el conocido “ácido del diablo”.

Uno de los puntos que más estancó el proyecto a lo largo de los años fue el relativo al aborto en situaciones donde esté en riesgo la vida de la madre o del feto. Este aspecto fue finalmente resuelto mediante una cláusula de eximente penal, que otorga a los médicos la facultad de tomar decisiones clínicas en estos casos sin temor a sanciones legales.

También se incorporaron sanciones específicas para la participación de grupos armados en crímenes de guerra, la negligencia o imprudencia de superiores en el control de sus subordinados, el atentado imprudente contra la vida, la responsabilidad penal de personas jurídicas por muertes culposas, así como nuevas disposiciones sobre bullying y bullying agravado.

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